COTOS NACIONALES DE PESCA
El Reglamento para la ejecución de la Ley de Pesca Fluvial, que se aprueba por Decreto de 6 de abril de 1943, determina en su artículo 76, que "los cotos concedidos a la Dirección General del Turismo tendrán el título oficial de «Coto Nacional de Pesca», seguido cada uno del nombre del rio en el cual estuviere establecido". Deva y Cares La Orden de 10 de noviembre de 1944 aprueba el Coto Nacional de Pesca de los ríos Deva y Cares.
Narcea La Orden de 16 de mayo de 1945 aprueba el Coto Nacional de Pesca del río Narcea.
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Última actualización: Sábado 02.11.2024 8:37 PM