INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN
El Instituto Nacional de Previsión (INP) se crea por Ley de 27 de febrero de 1908, con carácter autónomo, aunque bajo la tutela del Ministerio de Gobernación. Acabándose la Guerra Civil, el Decreto de 24 de junio de 1938 reorganiza el organismo, que queda adscrito al Ministerio de Organización y Acción Sindical para, posteriormente, trasladar las competencias al Ministerio de Trabajo mediante el Decreto 31 de mayo de 1941. La Ley de 14 de diciembre de 1942, que crea el Seguro Obligatorio de Enfermedad, dejándolo a cargo del Instituto Nacional de Previsión, establece, en su artículo 34, que el Estado contribuirá con, entre otros recursos, "la franquicia postal" que será aplicada "a los actuales seguros sociales". El Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre reorganiza la Seguridad Social y extingue, en su Disposición Final Primera Uno, el Instituto Nacional de Previsión.
Delegaciones Provinciales y Agencias Locales La Ley de 27 de febrero de 1908, en su artículo 9, autoriza a establecer delegaciones provinciales y agencias locales. Almería
Barcelona
Mataró
Castellón Segorbe
Gerona
La Coruña
Ambulatorios La Orden de 5 de julio de 1945 crea, dentro del Consejo del Instituto Nacional de Previsión, una Ponencia encargada del desarrollo y ejecución del Plan Nacional de Instalaciones del Seguro de Enfermedad. El Plan comprende Residencias y Ambulatorios. Sevilla Constantina
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Última actualización: Viernes 10.03.2023 11:30 AM