NOTARIADO
Notarios La Ley de 28 de mayo de 1862 determina, en su artículo primero, que "el Notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme á las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales". El Real Decreto de 3 de diciembre de 1903 les concede franquicia postal. La Orden de 16 de marzo de 1939 renueva la franquicia. El Decreto de 8 de agosto de 1935 aprueba el Reglamento del Notariado y, en su artículo 1, determina que "el régimen del Notariado se estimará descentralizado a base de Colegios Notariales". El Decreto de 2 de junio de 1944 aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado. Alicante
Ibi
Santa Pola
Barcelona Don Ángel Traval
Calella Don José Luis Salvia
Castellón Don Juan Carlos Caballería Gómez
Vall de Uxó
La Coruña Puentes de García Rodríguez Don J. Pedro Riol López
León Armunia Don Juan Antonio Lorente Pellicer Don Juan Antonio Lorente Pellicer fue nombrado Notario de Armunia por Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 2 de diciembre de 1967.
Astorga
Bembibre Don Marcelino Crespo Don Marcelino Crespo fue nombrado Notario de Bembibre por Orden Ministerial de la Dirección general de los Registros y del Notariado, publicada en la Gaceta de Madrid de 20 Marzo de 1932.
Madrid Don Alfredo Girbal Hernanz
Chinchón Doña María Nieves González de Echevarría Don Juan Antonio Lorente Pellicer fue nombrado Notario de Armunia por Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 2 de diciembre de 1967.
Valencia
Zamora Puebla de Sanabria Don Darío Rodríguez Capón Don Darío Rodríguez Capón fue nombrado Notario de Puebla de Sanabria por Orden Ministerial de la Dirección general de los Registros y del Notariado, publicada en la Gaceta de Madrid de 20 Marzo de 1932.
Villalpando Don Eloy Gómez Silló
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Colegios Notariales El Decreto de 8 de agosto de 1935 aprueba el Reglamento del Notariado y, en su artículo 1, determina que "el régimen del Notariado se estimará descentralizado a base de Colegios Notariales" y que "cada Colegio Notarial comprenderá las provincias asignadas al mismo, dividiéndose en Distritos cuya extensión y límites determinará la Demarcación Notarial". La Orden de 16 de marzo de 1939 renueva la franquicia. Barcelona
Las Palmas
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